OFAC amplía autorizaciones para comercio e inversión en oro y minerales de Venezuela

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The Daily Journal.— La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió este miércoles tres nuevas licencias generales que amplían las operaciones autorizadas en los sectores venezolanos del carbón, el oro y otros minerales, abriendo espacio para el comercio, el suministro de tecnología y la negociación de futuras inversiones.

Las medidas, identificadas como las Licencias Generales 51D, 54C y 55A, sustituyen autorizaciones anteriores y establecen un nuevo marco para la participación de empresas estadounidenses en actividades vinculadas con los recursos minerales de Venezuela.

El paquete regulatorio permite avanzar en la comercialización de minerales venezolanos, el suministro de bienes y servicios para operaciones extractivas y la negociación de contratos para nuevas inversiones, aunque mantiene restricciones sobre la ejecución de determinados proyectos y la participación de empresas o personas vinculadas con China, Rusia, Irán, Cuba y Corea del Norte.

OFAC autoriza comercio de oro y minerales venezolanos

La Licencia General 51D autoriza determinadas transacciones relacionadas con la exportación, venta, compra, suministro, almacenamiento y transporte de carbón y minerales de origen venezolano, incluido el oro.

La autorización puede involucrar al Gobierno venezolano, a Carbones del Zulia (Carbozulia), a la Compañía General de Minería de Venezuela (Minerven) y a entidades controladas por esta última, siempre que las operaciones sean realizadas por empresas estadounidenses establecidas.

La licencia también permite actividades vinculadas con la cadena comercial, como diligencias debidas, evaluaciones comerciales, legales y técnicas, así como servicios logísticos, transporte marítimo, seguros y coordinación portuaria. También autoriza el procesamiento o refinación de los minerales fuera de las jurisdicciones expresamente restringidas.

Nueva autorización para tecnología y servicios

La Licencia General 54C amplía el marco para que empresas estadounidenses suministren bienes, tecnología, software y servicios destinados a la exploración, desarrollo, minería, extracción, procesamiento, refinación y producción de carbón y minerales en Venezuela, incluido el oro.

La medida permite además el mantenimiento, reparación y renovación de equipos utilizados en las operaciones mineras, así como servicios de logística, transporte y procesamiento de pagos relacionados con las actividades autorizadas.

Contratos para futuras inversiones

La tercera autorización, la Licencia General 55A, permite negociar y celebrar contratos contingentes para nuevas inversiones en los sectores venezolanos del carbón y los minerales.

La autorización incluye posibles proyectos de exploración, desarrollo, minería, extracción, procesamiento y refinación, así como la expansión de operaciones existentes y la creación de nuevas empresas conjuntas.

Sin embargo, la ejecución efectiva de esos contratos queda expresamente condicionada a una autorización posterior de OFAC.

El concepto de «contratos contingentes» incluye acuerdos de ejecución diferida, memorandos de entendimiento, ofertas vinculadas a procesos de licitación y otros instrumentos preparatorios para futuras inversiones.

Pagos bajo supervisión estadounidense

Las nuevas autorizaciones mantienen un esquema de supervisión financiera sobre las operaciones con entidades venezolanas sancionadas.

En los casos contemplados por las Licencias 51D y 54C, los contratos deberán establecer que los procedimientos para resolver controversias se realicen en Estados Unidos, Reino Unido, Francia o Singapur.

Además, determinados pagos monetarios dirigidos a personas bloqueadas deberán realizarse a través de los Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros o de otras cuentas que sean designadas por el Departamento del Tesoro estadounidense.

Las empresas que utilicen las autorizaciones también deberán presentar informes periódicos a autoridades estadounidenses con información sobre las partes involucradas, las mercancías o servicios suministrados, los volúmenes y valores de las transacciones y los pagos realizados al Gobierno venezolano.

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