El vacío constitucional de poder en Venezuela
Audio: https://clyp.it/nuipteh0 Román Eduardo Reyes Vásquez. — Los artículos 233 y 234 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela distinguen entre una falta temporal y una falta absoluta del Presidente. El Vicepresidente Ejecutivo puede asumir la presidencia de manera interina durante 90 días, prorrogables por 90 días adicionales con la autorización de la […]
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