The Daily Journal. — El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, a través de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), emitió el lunes la Licencia General X. Esta medida excepcional autoriza temporalmente operaciones clave de producción, entrega y venta de crudo y derivados procedentes de la República Islámica de Irán, permitiendo incluso su importación directa a territorio estadounidense bajo estrictas condiciones regulatorias.
El documento oficial, firmado digitalmente por el director de la OFAC, Bradley T. Smith, establece como fecha límite de vigencia el 21 de agosto de 2026.
La nueva directriz gubernamental exime de las restricciones establecidas en múltiples regulaciones federales a todas las actividades ordinarias y necesarias para el comercio energético. Al respecto, el texto legal indica que se autorizan todas las transacciones prohibidas por las autoridades enumeradas que sean ordinariamente incidentales y necesarias para la producción, venta, entrega o descarga de petróleo crudo, productos petroquímicos o productos petrolíferos de origen iraní, incluyendo explícitamente aquellas operaciones que involucren a embarcaciones bloqueadas por el Departamento del Tesoro.
En cuanto a los servicios marítimos y logísticos permitidos, la disposición detalla que el amparo abarca el atraque seguro y el anclaje de buques que transporten dichos hidrocarburos, así como la preservación de la salud o la seguridad de las tripulaciones.
De igual manera, se autorizan las reparaciones de emergencia, la mitigación ambiental o las actividades de protección ecológica en las embarcaciones o en el crudo sostenido en almacenamiento, junto a servicios integrales como la gestión de buques, dotación de tripulación, abastecimiento de combustible (bunkering), pilotaje, registro, abanderamiento, seguros, clasificación y salvamento.
El Tesoro aclara además que la medida beneficia incluso al crudo producido por entidades sancionadas bajo las Regulaciones de Sanciones Globales contra el Terrorismo.
Dos de los puntos más relevantes del texto jurídico radican en la flexibilización de los canales financieros y el destino de los cargamentos. Por un lado, la OFAC determina de forma taxativa que cualquier pago de fondos adeudados a Irán, a su Gobierno o a cualquier persona bloqueada por la compra de estos hidrocarburos podrá realizarse en fondos denominados en dólares estadounidenses. Por otro lado, la Licencia General X abre las puertas del mercado norteamericano al estipular que las transacciones permitidas incluyen la importación a los Estados Unidos de petróleo crudo, productos petroquímicos y productos petrolíferos de origen iraní, siempre que dicha importación sea ordinariamente incidental y necesaria para la venta, entrega o descarga autorizada.
